Para cubrir las pérdidas o daños materiales sufridos accidentalmente por el Asegurado a consecuencia de rotura, quebrazón, fractura, quebradura o rajadura de los vidrios, cristales y/o espejos, mientras estén adecuadamente instalados y que formen parte fija de la estructura del edificio amparado o del mobiliario.
Bienes asegurables: Vidrios, cristales y/o espejos, de instalaciones residenciales, comerciales e industriales.
Coberturas:
- Rotura o quebrazón, o la fractura: Quebradura o rajadura de los vidrios, cristales y/o espejos, producido por causa externa no excluida en la Póliza de Rotura de Cristales.
- Coberturas adicionales: Terremoto, temblores, erupciones volcánicas, granizo, huracanes, tempestades u otros fenómenos atmosféricos y/o sísmicos y tumultos populares, huelgas o disturbios laborales, paros (Lock-Outs) y daños maliciosos.
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